Plan 504/Planes Individualizados de Acomodaciones

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Qué es la Sección 504 del Acta de Rehabilitación del 1973?

La sección 504 es una ley federal de derechos civiles que prohíbe la discriminación contra personas discapacitadas por parte de instituciones que reciben solvento federal como las escuelas publicas. La sección 504 asegura que los estudiantes discapacitados tengan igual acceso a la educación proveyendo acomodaciones para el estudiante. Aquellos estudiantes que cualifican para un plan 504, no pueden ser negados la oportunidad de ninguna asistencia, beneficio, servicios y/o actividades que son disponibles para otros estudiantes sin discapacidades. Esto incluye el apoyo por la escuela en actividades y servicios académicos y no académicos.

Quién puede referir a un estudiante para un 504 plan?

El plan 504 puede ser iniciado a petición de los padres o por la escuela para que el niño sea referido a evaluaciones, cuando el niño presente problemas académicos, de comportamiento o sociales que le estén limitando uno o mas actividades importantes en su vida . Estas actividades incluyen: caminar, ver, escuchar, hablar, aprender, etc. Adicionalmente, el distrito debe creer que el estudiante necesita acomodaciones adicionales para apoyar su progreso en el salón de clases. Antes de completar las evaluaciones, la sección 504 requiere el consentimiento de los padres.

Cómo cualifica un estudiante para un plan 504?

Para poder ser elegible, el niño tiene que ir a una escuela que reciba asistencia federal. Adicionalmente, el estudiante:

  • debe tener una edad escolar;

  • el estudiante debe tener un record estableciendo una discapacidad mental, psicológica o física (incluye discapacidades que afecta el control de comportamiento); y

  • la discapacidad tiene que limitar una o mas de las actividades primarias de la vida (respirar, ver, hablar, comer, caminar, aprender, etc.)

Las discapacidades temporales puedan proveer elegibilidad por 504 para estudiantes si la discapacidad delimita una actividad importante de la vida (caminar, escribir, etc.)

¿Cómo es un plan de 504 diferentes de educación especial?

Con el fin de ser elegible para servicios de educación especial, el estudiante debe ser diagnosticado con una discapacidad que afecta su capacidad para lograr un progreso efectivo en la escuela y por lo tanto requiere instrucción especializada y / o servicios relacionados con el fin de hacer ese progreso.A diferencia de un estudiante de educación especial, un estudiante con un plan 504 es capaz de hacer un progreso efectivo en la escuela sin la necesidad de una instrucción especializada y / o servicios relacionados. Sin embargo, él o ella necesita alojamiento con el fin de obtener igualdad de acceso a la enseñanza y / o la instalación escolar. Plan de un estudiante 504 proporcionará alojamiento que permitan a un estudiante con una actividad importante de la vida con problemas para tener el mismo nivel de acceso a la instrucción, las actividades escolares, y el edificio de la escuela como estudiantes sin discapacidades.

Qué tipo de evaluaciones completara la escuela?

Las escuelas están requeridas a establecer normas y procedimientos de evaluación y colocación. Estas normas y procedimientos puede ser encontrados en el código escolar de su hijo. Los exámenes y las evaluaciones tienen que ser administradas por un personal especializado en el área especifica. Estos exámenes deben ser completados en un periodo razonable.

Con cuánta frecuencia debe ser evaluado un niño por propósitos del plan 504?

El distrito escolar debe establecer procedimientos para evaluaciones periódicas para estudiantes con el plan 504. La Oficina de Derechos Civiles sugiere que las evaluaciones ocurran cada tres años o antes por pedido de los padres o la escuela.

Quien determina elegibilidad?

Cada distrito escolar debe seleccionar un coordinador 504 para ayudar a los padres y a la escuela. La decisión de elegibilidad debe ser hecho por un grupo de personas, incluyendo individuos que conozcan al niño, y que puedan proveer significado a las evaluaciones y pueda proveer información sobre las acomodaciones/colocaciones disponibles. Los padres no son miembros requeridos del grupo. Sin embargo el padre tiene que recibir notificación de la acción propuesta por la escuela.

Que tipo de acomodaciones/colocaciones son disponibles para estudiantes con planes 504?

Para los propósitos de un plan de 504, una acomodación/colocación puede significar mantener al estudiante en el aula de educación regular con acomodaciónes individuales que garanticen que el estudiante tendrá el mismo acceso a los mismos resultados, beneficios y logros como los estudiantes sin discapacidad (Vea la última página para ejemplos de alojamiento).

Que tipo de derechos le brinda la sección 504 a los estudiantes?

Educación Gratuita y Apropiada en un Ambiente lo menos restrictivo posible

  • Escuelas que reciben fondos del gobierno federal tienen que proveer una educación publica, gratuita y apropiada con menor restricciones de ambiente a todos los estudiantes que tienen discapacidades. El derecho de una Educación Publica Gratuita y Apropiada (FAPE) significa que los estudiantes con discapacidades, incluyendo aquellos estudiantes discapacitados que han sido expulsados o suspendidos, tengan el derecho a ser educados a costo público en la manera apropiada basada en sus necesidades individuales. Un Ambiente con Menor Restricciones es el derecho de los estudiantes discapacitados de ser educados tanto como sea posible con estudiantes sin discapacidades.

Disciplina

  • Una escuela puede disciplinar a un estudiante en un plan 504 menos de 10 días de la misma manera que se disciplina los estudiantes sin discapacidades. Si un estudiante en un plan 504 está sujeto a la disciplina (es decir, suspensiones, etc.) para más de 10 días, una reunión de determinación de manifestación debe de ocurrir. Una reunión de determinación de manifestación reúne el equipo 504 para determinar si el comportamiento del estudiante que llevó a la disciplina está relacionada con su discapacidad o falta de aplicación de su plan 504. Si el comportamiento del estudiante es una manifestación de su discapacidad, el estudiante debe ser permitido regresar a su colocación en la escuela. Si la escuela determina el comportamiento no es una manifestación de la discapacidad del estudiante, el estudiante estará sujeto a las mismas acciones disciplinarias (incluyendo suspensiones o expulsión) que se aplican a los estudiantes sin discapacidades.

Salvaguardas de Procedimiento

Los distritos escolares están requeridos a establecer e implementar salvaguardas con respecto a la identificación, evaluación y proceso de colocación. Estos salvaguardas deben incluir:

  • Notificación: Los padres tienen derecho a recibir notificación , de las evaluaciones y reuniones y el derecho a recibir notificación de los resultados y las acciones tomadas por el equipo 504 del estudiante.

  • Examinar archivos relevantes: Los padres tienen derecho a revisar los documentos y las evidencias utilizadas por el comité 504 para determinar elegibilidad y colocación/acomodaciones.

  • Audiencia Imparcial: Los padres tienen derecho a dar una queja por discriminación en contra del distrito escolar. Los padres tienen derecho a participar y a ser representado por un abogado al costo propio.

  • Revisión: Derecho a apelar la decisión de la audiencia.

Quien impone la sección 504?

Oficina de Derechos Civiles (OCR)

OCR es parte del departamento de educación de los Estados Unidos e impone la sección 504. Un individuo puede presentar una queja formal con OCR si la escuela que recibe asistencia federal discrimina al estudiante basándose este en su discapacidad. Esto no incluye reclamos basados en colocación o del contenido del plan 504, siempre y cuando, la escuela siga los requisitos de procedimiento. Una queja debe ser presentada entre los 180 días de la discriminación alegada.

Si usted desea presentar una queja con OCR, por favor comuníquese con:

Office of Civil Rights, Boston Office
U.S. Department of Education
8th Floor
5 Post Office Square
Boston, MA 02109-3921
Phone: (617) 289-0111
Fax: (617) 289-0150
Email: OCR.Boston@ed.gov
www.ed.gov/ocr/complaintprocess.html

Corte

La Sección 504 también puede ser ejecutada a través de una demanda privada admitida en una corte federal. No es necesario hacer una queja con una agencia estatal o federal o de recibir una carta de autorización para la demanda antes de ir a corte. La sección 504 permite que las cortes utilizando una discreción apropiada otorguen los costo de abogados.

Oficina de Apelaciones de Educación Especial (en ingles “BSEA”)

Si el padre y la escuela no se pueden poner de acuerdo con los servicios para el niño, el padre puede solicitar una mediación o una audiencia del debido proceso con la Oficina de Apelaciones de Educación Especial (BSEA). Esta oficina es una división administrativa del Departamento de Massachusetts de Educación elemental y secundaria (DESE). El cual resuelve disputas entre los padres y los distritos escolares.

Como cuestión práctica, antes de considerar una audiencia en la BSEA, el padre debe tener evidencia de que el niño necesita los servicios de los padres desea. Tanto los procesos de mediación y de la audición se pretende que sean accesibles a las familias que carecen de representación legal. El proceso de audiencia es más contradictorio y formal que el proceso de mediación. En una audiencia, similar a un juicio en la corte, los padres tienen el derecho de presentar documentos y testigos en apoyo de su posición.

Pueden contactar a (BSEA):

Bureau of Special Education Appeals
One Congress Street, 11th Floor
Boston, MA 02114
Phone: (617) 626-7250
www.mass.gov/anf/hearings-and-appeals/bureau-of-special-education-appeals-bsea/

Y si necesito mas información o asistencia acera del plan 504?

Program Quality Assurance (PQA)

El Programa de Servicios de Garantía de la Calidad DESE (PQA) de Massachusetts puede proporcionar ayuda adicional e información relativa a la aplicación del artículo 504. Especialistas Educativos del PQA también tienen la capacidad de investigar las quejas sobre la falta de una escuela para desarrollar planes de la Sección 504 o para entregar los alojamientos pidieron por el plan.

Las preocupaciones deben ser presentados a la PQA el plazo de un año desde la fecha de la supuesta violación. El PQA no puede abordar cuestiones relativas a la FAPE y 504 planes al mismo tiempo que la cuestión es objeto de un procedimiento BSEA o una queja OCR.

Usted puede contactar al PQA:

Program Quality Assurance Services
Massachusetts Department of Elementary & Secondary Education
75 Pleasant Street
Malden, MA 02148
Phone: (781) 338-3700
www.doe.mass.edu/pqa

Ejemplo de Acomodaciones:

  • Modificaciones en las tareas, trabajos en el salón y exámenes

  • Tiempo adicional para asignaciones, trabajo de clase y exámenes

  • Libros adicionales para el hogar

  • Asientos preferenciales mas cerca a la maestra

  • Asistencia al moverse dentro del edificio

  • Notas basándose en el progreso individual del estudiante o su esfuerzo

  • Oportunidad de dar nuevamente exámenes para una mejor notas

  • Asistencia de visuales

  • Lectura de las instrucciones del examen oralmente

  • Uso de una calculadora

  • Tabla de hechos como referencia

  • Descansos en el itinerario

  • Plan de Intervención de Comportamiento

Para mas información llamenos al:

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Actualizado en julio de 2016

Phone: (781) 581-1977
Toll-free: (888) 543-5298